este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción realizada en fecha 15 de Julio de 2014, en el procedimiento mediante la cual se ventila la pretensión de COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES, incoada por el ciudadano LUIS OSWALDO MARRUFFO, titular de la cédula de identidad N° 2.925.628, asistido por el abogado en ejercicio Oswaldo José Marruffo Rodríguez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 127.026, contra la Sociedad Mercantil CONSTRUMAT, C.A. Así se decide.-