TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, actuando En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: BASTANTE Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a los ciudadanos LESBIA JOSEFINA GUERRA AMUNDARAIN, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.436.838 y sus hijos BARBARA DEL VALLE MARCANO GUERRA y DEIVIS FERNANDO MARCANO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V.- 17.216.300 y V.- 20.125.482, respectivamente, sus derechos COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del DE CUJUS FERNANDO DE JESUS MARCANO, quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.952.459; y falleciera AB-INTESTATO, el día 25 de Febrero del año 2018, según consta del .....