Y éste Tribunal siendo la oportunidad para decidir el presente juicio, lo hace con fundamento en las siguientes motivaciones:
Durante el lapso probatorio, únicamente la parte actora promovió pruebas, consistiendo las mismas en: reproducir el merito de los autos y solicito el derecho de repreguntar a los testigos que pudiera promover la parte demandante, promovió las Testimoniales de los ciudadanos: NORMA ASCENCION MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 5.879.160 y CARMEN AMPARO VILLARROEL MACHADO, titular de la Cédula de Identidad N° 12.886.249, los cuales rindieron sus declaraciones por ante este Juzgado, testigos hábiles y legalmente juramentados y quienes en forma similar declararon: "Que conocían de vista, trato y comunicación desde hace varios años a la ciudadana: DELIDA MACRINA MARTINEZ DE HERNANDEZ, que si conoció `por mucho tiempo al ciudadano, ROBERTO ALEXI HERNANDEZ RATTIA , que si les consta que los ciudadanos: DELIDA MACRINA MARTINEZ DE HERNAN.....