En atención a los motivos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil imparte la HOMOLOGACIÓN a la Transacción Judicial realizada por las partes en fecha 14 de abril de 2009; en la causa contentiva de la pretensión de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el profesional del derecho JOSE ANTONIO MORENO MIQUILENA, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 63.142, contra la sociedad mercantil HV MOTORS S.R.L., representada legalmente por su Presidente, el ciudadano MANUEL VICENTE BIANCHI OLIVEROS, portador de la cédula de identidad Nº V-5.875.731. Procédase como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgad.....