Este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de la defensa de que se fije un plazo prudencial para la conclusión de la investigación, en virtud que fue presentada acusación fiscal el 24-2-05.