Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA : PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE AMPARO CONSTITUCIONAL, presentado por el Ciudadano JESÚS SALVADOR GONZÁLEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº 15.243.186, domiciliado en la Urbanización Guayacán de la Flores, sector Nº 1, vereda 1, casa Nº 5, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, asistido por la Abogada Sandra Chaparro, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado Nº 38.741, a los fines de resguardar sus derechos constitucionales a la libertad y a la libertad de transito, consagrado en los artículos 44 y 50 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se mantiene la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, dictada por este Tribunal, conforme a lo previsto en el articulo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre los derechos y Garantías Constitucionales, por aplicación supletoria de los artículos 585 y 588 de.....