Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 08 de Febrero del 2011 por el Tribunal Tercero de Control de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a Luís Joangel Marcano Rojas, venezolano, Mayor de edad, soltero, de profesión u oficio: albañil, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.704.104, hijo de: Prospera Mata y Luís Marcano (F); y domiciliado en: Río Caribe, Sector Río Salado, Calle Principal, Casa S/N, Municipio Arismendi del Estado Sucre; a cumplir la penal de Dos (2) Años y Ocho (8) Meses De Prisión, mas la accesorias de ley, por la comisión del delito de Actos Lascivos A.....