Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta La Extinción De La Acción Penal y en consecuencia El Sobreseimiento De La Causa, seguida al ciudadano JOVANNY JOSE VASQUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Carúpano, titular de la cédula de identidad Nº 23.945.632, nacido en fecha: 10-10-1991, mayor de edad, de profesión u oficio trabaja en el mercado, hijo de Silvia Vásquez Hurtado y Jorge Darío Vásquez y domiciliado en: barrio la viña, cerca de la calle Páez, Nº 27, mata de mango en el frente, a quien se le sigue en la presente causa, por la presunta comisión del delito de Violación Agravada, previsto en el articulo 374 ordinal primero del Código Penal en concordancia con el articulo 217 de la LOPNNA, en perjuicio de omissis (se reservan los datos de la victima de conformidad con lo previsto en la LOPNNA), todo de con.....