DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor de los ciudadanos: Giantonio Ugo Santi Robles, venezolano, natural de La Seiba, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.536.324, nacido en fecha 13-04-1963, de 50 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, hijo de Luís Santi y Gisela Robles, y residenciado en el Sector Río Grande Abajo, Casa N° 01, en al finca de Santi, carretera Nacional Carúpano- Guiria, Parroquia Campo Claro, Irapa, Municipio Mariño del Estado Sucre, y Luís Antonio Mendoza García, venezolano, natural de Maracay, Estado Aragua, mayor de .....