ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONDENA por el procedimiento de admisión de los hechos al ciudadano GREGORY JOSÉ DUQUE DUQUE, Venezolano; Mayor de Edad, portador de la Cédula de Identidad Nº: V.-25.657.120, Nacido en fecha: 30-01-1992, de 21 años de edad, soltero, de profesión u oficio: ayudante de albañilería, hijo de los ciudadanos: Senovia Duque y de José Gregorio Brito, residenciado en: MIRAMAR, SECTOR BARRIO CALDERA, CASA S/N (frente a la bodega de la señora Katiuska) de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR ALEVOSÍA Y POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 2° del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos: LEWIS ANTONIO GALARRAGA (OCCISO) y CARLOS ALBERTO SOTILLET ASTUD.....