En este estado este Tribunal para decidir lo hace en base a las siguientes consideraciones:
En fecha 13 de Diciembre del 2.012, compareció la ciudadana DEISY BENITA CASCÓN, asistida del abogado GUALBERTO RÍOS, y desistió de la demanda intentada, siendo necesaria para la Homologación correspondiente, la notificación de la parte demandada, por haber sido formulada después de haber pasado la oportunidad de la contestación a la demanda, y no habiendo sido posible dicha notificación, no era procedente la homologación del desistimiento formulado.
Durante el lapso probatorio, ninguna de las partes promovieron pruebas, en el presente Juicio y no quedo plenamente demostrado la causal de Divorcio intentada por la parte demandante en su libelo de la demanda, por cuanto no promovió prueba alguna con la causal alegada en el libelo, lo que deja sin Fundamento Probatorio la acción de Divorcio intentada por la ciudadana DEISY BENITA GASCÓN contra su legítimo cónyuge ciudadano JOSUE JUNIOR ROJAS RE.....