Tomando en cuenta todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de La Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, solicitada por la ciudadana YUSDELIN DEL VALLE PEREZ RODRIGUEZ, contra el ciudadano TOMAS RAFAEL PINO ROSILLO, plenamente identificados, y en consecuencia, fija la Obligación de Manutención en los siguientes terminos.-