Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR: al ciudadano JESUS ANTONIO BELLO ZERPA, venezolano, natural de Carúpano, de 32 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 16.389.972, de oficio agricultor, nacido el 12-12-1979, hijo de Antonio Bello y Maria Zerpa y domiciliado en: el barrio la pastora cerca del liceo casa sin numero cerca de la bodega de José, yoco, Municipio Valdez, estado Sucre; a cumplir la Pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO(04) MESES DE PRISION, mas las Accesorias de Ley, por la comisión de del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se.....