REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARÚPANO
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO
Carúpano, 21 de Febrero de 2013
202º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2012-007646
ASUNTO: RP11-P-2012-007646
PUBLICACIÓN DE SENTENCIA
En consecuencia sobre la argumentación antes señaladas supra, Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR: al ciudadano JESUS ANTONIO BELLO ZERPA, venezolano, natural de Carúpano, de 32 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 16.389.972, de oficio agricultor, nacido el 12-12-1979, hijo de Antonio Bello y Maria Zerpa y domiciliado en: el barrio la pastora cerca del liceo casa sin numero cerca de la bodega de José, yoco, Municipio Valdez, estado Sucre; a cumplir la Pena de CINCO (05) AÑOS Y CUATRO(04) MESES DE PRISION, mas las Accesorias de Ley, por la comisión de del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 149 Segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. Se Decreta la confiscación Definitiva de los bienes incautados en el procedimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 116 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los artículos 183 y 184 de la Ley de Drogas, por lo que se acuerda librar oficio a la Oficina Nacional Antidroga. Se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado de autos. Remítase en el lapso legal correspondiente la presenta causa penal al tribunal de Ejecución. Líbrese los oficios correspondientes. En virtud de que esta decisión fue dictada en Audiencia Oral en presencia de las partes ténganse por notificadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 del Código Orgánico Procesal Penal, quienes manifestaron su conformidad con lo resuelto por el Tribunal. Publíquese.-
La Jueza Primera de Juicio
La Secretaria Judicial
Abg. Mildred Alejandra De Simone
Abg. Claudia Figueroa
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