Este Tribunal Actuando en Nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta la sustitución de la medida de Detención para preventiva para asegurar la comparecencia del imputado a la audiencia preliminar dictada en fecha 23/12/10, en contra del imputado de auto, por la medida de presentación cada 08 días hasta la celebración de la audiencia preliminar, en consecuencia líbrese boleta de libertad y remítase junto con oficio al Comandante de policía de ésta ciudad, todo de conformidad con el artículo 582 literal C de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.