En consecuencia, este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, MÁS LAS ACCESORIAS DE LEY Y AL PAGO DE LAS COSTAS PROCESALES, al ciudadano OMAR ANTONIO RODRÍGUEZ SALAZAR, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 29-03-1968, de 37 años de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° 11.380.657, residenciado en la Av. Las Palomas, calle principal N° 03, frente a la florida de esta ciudad; por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de La Colectividad; por el procedimiento especial de admisión de los hechos, todo ello, conforme a lo .....