En atención a los motivos de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoada por la ciudadana CARMEN DEL VALLE BETANCOURT, portadora de la cédula de identidad Nº V- 8.442.806 representada judicialmente por el abogado en ejercicio CARLOS E. VELASQUEZ inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.871 contra la ciudadana MILAGROS GREGORINA OTERO RAMOS, portadora de la cédula de identidad N° V- 8.422.806, representada judicialmente por la abogada en ejercicio CARMEN E. LISTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 68.144. Así se decide. SEGUNDO: Se condena a la ciudadana MILAGROS GREGORINA OTERO RAMOS, portadora de.....