el Juzgado Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley; en virtud de haber surgido el Peligro de Fuga, entre los presupuestos para que proceda la privación de Libertad y visto que ya se han cristalizado los dos anteriores presupuestos como son; la comisión de un hecho punible y los fundados elementos de convicción, en consecuencia RESUELVE: Se ordena la privación de libertad del ciudadano JHON HARRISON ARIAS CABELLO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.889.907, de estado civil soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 09-12-89, hijo de Ton Jhon Arias y Yusmeli Cabello de profesión soldado, y residenciado en la Urb. La Llanada, vereda 35, sector Los Ranchos, casa S/N Cumaná estado Sucre; por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 34 de la Ley Orgánic.....