Por las razones antes expuestas, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR, la solicitud de revisión de medida presentada por la abogada Yelixzy Galantón Zerpa, defensor pública del acusado MANUEL DAVID SALAZAR YENDIZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.992.639, venezolano, de 21 años de edad, nacido en cumaná en fecha 31/08/1989, soltero, desempleado, residenciado en el Sector San Francisco, en una casa que queda en el cerro frente al ambulatorio, Mariguitar Municipio Bolívar, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ROBO AGARAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de ANTONIO RAFAFEL RAVELO; y en consecuencia procede a imponer medida cautelar sustitutiva de la privación judicial de libertad de conformidad con l.....