En atención a lo anteriormente expuesto Este Tribunal actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara
Primero: Con lugar la calificación de la aprehensión en flagrancia y el seguimiento del procedimiento ordinario. Segundo: Con lugar la solicitud de la prosecución del proceso por el procedimiento ordinario ya que existen otras actuaciones que realizar en el asunto seguido a Omissis 1 y Omissis 2, Antes identificados Se cambia la precalificación dada por el Fiscal del Ministerio Público por el delito de Actos Lascivos, de conformidad con lo establecido en el articulo 45 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la niña: Omissis. Tercero: con lugar la solicitud de Medida Cautelar, planteada por la defensa, en consecuencia los adolescentes: Omissis 1 y Omissis 2, antes identificados, quedaran detenidos en su propio domicilio en custodia de su progenitora, Lisbeidi Subero, de conformidad con el literal a del articulo 58.....