Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 28 de Octubre del año en curso por el Tribunal Segundo de Juicio de esta extensión Judicial, mediante la cual se condenó a los ciudadanos Ernesto José Marcano Rivera, venezolano, de 52 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 5.878.939; nacido el 11-03-58, de profesión u oficio: pintor de artes plásticas, hijo de Luís Marcano y Carmen Dolores Rivera, residenciado en la Calle Páez, Vereda 4, a mano derecha, de Charallave hacia el cerro, Casa S/N, Parroquia Santa Catalina, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, y Luís Beltrán López, .....