DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, en contra del ciudadano CELSO JOSÉ BONILLA, venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre, de 41 años de edad, nacido en fecha 16-11-1969, de estado civil soltero, albañil, titular de la cédula de identidad Nº 9.942.909, hijo de Antonia Bonilla y Celso Brito, residenciado en: la calle Junin, Cruce con Banco Obrero, Casa S/n, cerca de la Escuela Maria Blandin de Alfonso, Guiria Municipio Valdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA, Y AMENAZAS, previsto y sancionado en los artículos: 39, y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Ana Celis Rojas Cedeño; de conformida.....