El Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando como Juzgado Unipersonal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, por no haber quedado demostrado con las pruebas recibidas en juicio la autoría del acusado de autos, por la insuficiencias de medios probatorios y atendiendo al contenido del artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal este Tribunal declarara NO CULPABLE a los ciudadanos JOSÉ ALEXANDER BOLÍVAR SOLEDAD, venezolano, indocumentado, de 19 años de edad, soltero, sin ocupación, nacido en fecha 16-11-93, residenciado en La Esmeralda, vía Nacional, casa S/N, Municipio Ribero del Estado Sucre y PEDRO LUIS VIÑOLES GONZÁLEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.625.470, nacido en fecha 23-02-94, mototaxista, residenciado en el caserío Guaraguao, calle principal, casa S/N, Municipio Andrés Eloy Blanco, del Estado Sucre, por estar presuntamente involucrado en l.....