Este Tribunal procediendo de acuerdo a lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil; mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, declara bastante y suficiente dichas actuaciones, para asegurarle al solicitante ciudadano, Pedro Alberto Rivas González, sus derechos de propiedad que tiene el vehiculo antes identificado y vista experticia de reconocimiento de seriales emanada del Ministerio del Poder Popular para las Obras Publicas y Vivienda, Instituto de Transito y Transporte Terrestre, Cuerpo Técnico de Vigilancia de Transito y Transporte Terrestre U.E.C.T.V.T.T.T n° 24 Sucre puesto Carúpano sección Vehículos así como el oficio n° 9700-226-7998, remitido por el cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Adscrito al Departamento de Investigaciones de Vehículos de la sub-delegación Estadal Carúpano estado Sucre, suscrito por el Abogado Reinaldo Rafael Andrade Subcomisario Jefe de l.....