Este Tribunal HOMOLOGA el presente Convenimiento de Pago, como sentencia definitiva y se le otorga fuerza pasada en autoridad de COSA JUZGADA, ya que es Ley entre las Partes. Se deja constancia que en esta causa se ordenará el Archivo Judicial, una vez que conste en autos el cumplimiento total del acuerdo alcanzado el día de hoy. En Sala de despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Se elabora la siguiente acta siendo las tres y treinta minutos de la tarde (03:30 p.m.), la cual será suscrita por el juez y todos los intervinientes en este acto. En la ciudad de Carúpano, a los veinte días del mes de Octubre de dos mil ocho (2008). PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
LA JUEZ
ABG. MARLENE YNDRIAGO DÍAZ