En virtud de lo expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución del Sistema Penal de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta la cesación por prescripción de la sanción impuesta al adolescente xxxxxxxxxxxx; quien fue sancionado por la comisión la sanción de regla de conducta, por el lapso de seis (06) meses por la comisión de los delitos de alteración al orden público y daños a la propiedad, previstos en los artículos 216 y 474 del Código Penal, cometido en perjuicio de Instituto Nueva Andalucía y el Estado Venezolano. Decisión que se dicta conforme a lo previsto en los artículos 645, 647 literal H, 616 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el 112, 3er aparte del Código Penal, por remisión expresa del artículo 537 de la mencionada Ley.