Decreta La suspensión condicional del proceso, a favor del ciudadano Jovanny José Hernández Gamboa, de nacionalidad venezolano, de 42 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.881.849, nacido en fecha 01-02-64, de oficio obrero, residenciado en Calle Victoria Nº 41, Parroquia Santa Catalina, Carúpano Estado Sucre Municipio Bermúdez del Estado Sucre, hijo de Lilia Hernández e Isidro, quien admitió los hechos por el delito de Posesión Ilícita de Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 34 Primer Aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en consecuencia se acuerda suspender el proceso por el lapso de un año, debiendo el imputado presentarse cada treinta días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial y Abstenerse de Consumir Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en los artículo 42 y 44 parágrafo 1ero del Código Orgánico Procesal Pena.....