en consecuencia este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda Cesar la medida de Privación de Libertad, de conformidad con lo previsto el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y en consecuencia la Libertad inmediata del sancionado Omissis, recluido actualmente en la Comandancia de Policía de Río Caribe Municipio Arismendi del Estado Sucre,