Con fundamento en los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado CARLOS ALBERTO BRAVO RIVAS, en su carácter de Fiscal Provisorio en la Fiscalía Primera del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha Ocho (08) de Octubre de dos mil Catorce (2014), y publicada en esa misma fecha, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual se declaró No Culpables a los acusados ALEXANDER ANTONIO CHANCAY UGAS, SIMON JESUS URBANO UGAS, y ZENON JOSE URBANO UGAS, titulares de la cédula de identidad Número V- 18.753.178, V- 18.917774, V- 15.554.898,respectivamente, por la comisión del delito de de HO.....