Este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 471 ordinal 3º y 473 ambos del Código Orgánico Procesal Penal acuerda el inmediato traslado del penado, desde el Centro Penitenciario agro productivo de Barcelona, ubicado en el Estado Anzoátegui, hasta alguno de los centros penitenciarios que se mencionan a continuación Rodeo I, Tocorón o Penitenciaría General de Venezuela, según el cupo y disponibilidad que exista según lo disponga el Ministerio del Poder Popular Para el servicio Penitenciario....