, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: ABSUELVE al acusado JHOANDI JOSÉ DE LA CRUZ CHACON, venezolano, de 22 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 22.629.064, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 24-02-1993, hijo Leonil de de la Cruz, residenciado en: Caigüire, Sector La Marina, Casa S/N, Cerca de la Cancha de Bolas Criollas, Cumana, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR ACTUAR CON ALEVOSIA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código penal, en perjuicio del ciudadano LUIS MARTIN CALDERA PEREDA (occiso). Por no haber quedado demostrado en el Juicio Oral y Público la participación del hoy acusado en el delito antes descrito; Y ASI SE DECIDE