Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SE ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados JENNY JAIMARA RAMIREZ ROSALES y JOSÉ ENRIQUE SISO CALDERON, actuando con el carácter de Defensores Privados de los imputados JOSÉ GREGORIO GUERRA LEON y JESÚS RODOLFO DURÁN CHOPITE, contra la decisión dictada en fecha 09 de Mayo de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná; mediante la cual admitió parcialmente la Acusación Fiscal, presentada contra los Imputados antes mencionados por la presunta comisión de los delitos de ESTAFA, contemplado en el artículo 462 del Código Penal, y USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 322, en concordancia con el artículo 321 del Código Penal, en perjuici.....