acuerda Suspender el proceso a prueba, por el lapso de Sesenta (60) DÍAS, de conformidad con lo previsto en el artículo 566 de la Ley Orgánica Para la protección del Niño, Niña y del Adolescente, en la causa seguida al adolescentes xxxxxx; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto en el artículo 42 en concordancia con el 65 numeral 4 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente xxxxxx .-Todo, conforme a los artículos 564, 565 y 566 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente; debiendo el adolescente, dentro del lapso supra señalado, cumplir con las siguientes condiciones: no incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente investigación y no meterse más con la víctima xxxx.- Se hace del conocimiento de las partes, que de no cumplirse con el presente acuerdo, la Fiscal del Ministerio Público procederá conforme a la acusación que consta en a.....