declara CON LUGAR la solicitud formulada por la Defensa y en consecuencia Acuerda: 1.- Ampliar el Régimen de presentaciones del acusado de autos, por una de posible cumplimiento, quedando la Acusado obligado a presentarse ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial cada treinta (30) días, y 2°.- Notificar a las partes de la presente decisión respecto de la solicitud planteada.