Por ante todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas éste Juzgado del Municipio Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar lo solicitado por las partes en su correspondiente arreglo de pago