Por las razones expuestas éste Tribunal Primero de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y por aplicación Supletoria del artículo 512 Ejusdem, Revoca, el Beneficio de Régimen Abierto, acordado en fecha 21-01-2004, al penado Serrano Hernández Erikson Yovanni, (Identificado en actas anteriores), por incumplimiento de las condiciones impuestas, y ORDENA SU CAPTURA.- Notifíquese a las partes, Librese Boleta de Encarcelación y remítase con Oficio al Jefe del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalisticas Sub-Delegación Carúpano, a los fines de que sea extensiva la comisión confiada ante el Cuerpo de Investigaciones con sede en la ciudad de Maracay Estado Aragua.-