De esta manera, dado el carácter instrumental y accesorio de las medidas cautelares respecto de la acción principal, es por lo que en el caso sub íudice, declarada como ha sido la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la GOBERNACION DEL ESTADO SUCRE, este órgano jurisdiccional Levanta La Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 177-08, de fecha 27/09/2009, correspondiente al expediente Nº 021-08-01-00200, del procedimiento De Reenganche Y Pago De Salarios Caídos incoada por los ciudadanos RAFAEL MALAVE, MIRIAN SEGURA, ANTONIO CARVAJAL, ZONY NARVÁEZ, YELITZA GUIPEC, MASCRINA, ZENAIDA PEREZ, Y CARMEN DELGADO, titulares de la cédula de identidad Nº V- 13.051.420, V-9.975.667, V-12.663.321, V- 8.433.950, V- 12.273.139, V- 5.689.045, V- 5.705.936 y V- 10.465.127respectivamente. Se ordena librar notificaciones a los fines legales consiguientes......