Por razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE, el recurso de hecho interpuesto, contra el auto de fecha 30 de mayo de 2016, dictado por Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, extensión Carúpano.
Publíquese y Regístrese déjese copia de la presente decisión, particípese por oficio al tribunal que dicto la decisión recurrida, cúmplase con lo ordenado.
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho de este Juzgado, en Cumana, a los veinte (20) días del mes de junio de 2.016, años 206° de la Independencia y 157° de la Federación
La Jueza
Abg. Mirtha Elena Palomo