DECRETA el cese de la medida de protección acordada 16/09/2015, a favor del ciudadano José Jesús Fuentes Hernández, titular de la cédula de identidad Nº 4.184.223, quien ostenta la condición de víctima en la presente causa que se sigue a los acusados Kendy José Marcano Noya y Samuel José Fermenal Lachea, y que consistiera en recorridos policiales frecuentes por el domicilio de la víctima por parte de funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre; todo ello en virtud de haber precluído el plazo de vigencia de la misma sin que se hubiere requerido prórroga. En consecuencia, notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público y ofíciese al Director del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, a los fines que haga cesar los recorridos policiales por el domicilio del testigo mencionado Utt Supra. Así se decide, en Cumaná a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil dieciséis (2016). Años 205° de la Independencia y 157° de la Federación. Cúmplase. .....