Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano GIOVANNY ANTONIO VASQUEZ LOZADA, venezolano, de 36 años de edad, natural de Tunapuy, soltero, titular de la cédula de identidad número V.- 14.856.139, Agricultor, nacido en fecha 21-12-1975, hijo de Perfinio Vásquez y Cruz María Lozada, Residenciado en: Calle Principal de Los Arroyos, Municipio Libetador del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, la cual consistirá en la presentación periódica de dicho imputado, cada Treinta (30) días, por el lapso de SEIS (06) Meses, .....