este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Bancario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS, decretada por este Juzgado, y en consecuencia declara disuelto el matrimonio contraído por los ciudadanos OMAR EDUARDO DE LUCA HERNANDEZ y MARIA JOSE INDRIAGO ROJAS, por ante la Prefectura del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, el día Seis (06) de Febrero de 2005, según acta Nº 12, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 primer aparte del Código Civil. Así se decide.