Analizadas las diligencias antes referidas, este Tribunal establece que por cuanto no se mencionó el fin que se persigue con la emisión de los oficios al ciudadano GOBERNADOR DE NUEVA ESPARTA; para el COMANDANTE DE POLICÍA de aquél Estado; para el ciudadano DIRECTOR DE POLÍTICA del Estado en referencia y para las ALCALDÍAS DEL MUNICIPIO MARCANO EN JUAN GRIEGO y el MUNICIPIO GÓMEZ, en la población denominada El Norte, todos allá en la Isla de Margarita; y por cuanto no se estableció para qué o con qué motivo deberían ser emitidos, en consecuencia, el Tribunal proveerá en relación a la solicitud de emisión de los prenombrados oficios una vez que los solicitantes clarifiquen al Tribunal su pedimento.
En cuanto, a la solicitud efectuada en relación al partidor ciudadano DOCTOR EDEN GÓMEZ, así mismo a la solicitud de copia certificada de la sentencia interlocutoria de fecha veinte de septiembre del año dos mil cinco (20/09/2005), la cual corre inserta del folio ciento ochenta y ocho (18.....