en consecuencia este tribunal de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Acuerda cesar la Medida de Servicios a la Comunidad, al sancionado Omissis, por vencimiento del lapso para su cumplimiento, de conformidad con lo previsto en el literal "h" del artículo 647 de la Ley orgánica para la protección del Niño y del Adolescente.