En atención al pedimento anteriormente referido y al estar debidamente fundamentado el mismo, se considera ajustado a derecho la solicitud de la Defensora Pública Penal; a tales efectos, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley ACUERDA CON LUGAR, el requerimiento de Traslado, y en consecuencia se ordena librar oficio a la Directora del Centro de Prisión Preventiva de Cumaná, Estado Sucre, a los fines de que traslade con las estrictas seguridades que el caso amerita y previa coordinación con funcionarios adscritos a ese Órgano, al acusado XXXX, venezolano, de 16 años de edad, XXXX, hasta la Sede de la Médicatura Forense de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, ubicada en la Sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Avenida Carúpano, Frente al Centro Comercial El Bosque, a los fines de asistir para ser evaluado médicamente y verificar si el mismo se encuentra en condiciones de salud .....