este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer la pretensión de NULIDAD DE CONTRATO, incoada por el abogado en ejercicio FREDDY GONZALEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 3.862.349, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 31.794, actuando en nombre propio, contra la FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA DEL ESTADO SUCRE (FUNDACITE), representada legalmente por el ciudadano ENRIQUE ORTIZ, portador de la cédula de identidad N° 8.647.822. DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, al cual deberán remitirse las presentes actuaciones, una vez quede firme la presente resolución judicial. .....