En virtud de ello, este Tribunal Primero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena a CARLOS LUIS GUERRA CASTILLEJO, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 218 en su encabezamiento, del Código Penal Vigente, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, a cumplir una pena de Quince (15) Días DE PRISION mas las accesoria de Ley, y Admitida totalmente la acusación fiscal se decreta la suspensión del proceso para el ciudadano MICHEL JOSÉ GUERRA VERA por el lapso de un (01) mes, y le impone como condiciones, las siguientes: 1- No volver a incurrir en hechos similares a los que dieron origen a la presente causa; 2- Comparecer por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, para que se le designe un delegado de Prueba. Se acuerda oficiar a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciar.....