DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho, que anteceden, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE a los adolescentes RESUELVE: Admitir totalmente la Acusación y las pruebas aportadas, de conformidad con lo establecido en los artículo 197 y 198 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia declara culpable a los adolescentesOMISSIS, a cumplir la sanción de AMONESTACIÒN conforme a lo previsto en el articulo 620 literal A, por la Comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos SANDRO AMPARO SUBERO MANEIRO Y TERESA DE JESÚS ALFONSO DE TINEO. Con la firma del acta y la lectura de la parte dispositiva en sala, se tiene como notificada a las partes......