Este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario y Marítimo, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por la Autoridad de la Ley, REPONE la presente causa al estado de que se agregue y admitir las pruebas promovidas por la parte actora en el presente juicio. En consecuencia visto el escrito de Pruebas promovido por la parte actora en el presente juicio, este Tribunal ordena agregarlo a los autos, lo que se cumple en este mismo acto; y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes, se Admiten cuanto ha lugar en derecho. En cuanto al Capitulo II, del escrito promovido, y a los fines de la evacuación de los testigos promovidos, sé ordena comisionar suficientemente al Juzgado del Municipio Arismendi de este Circuito Judiciales del Estado Sucre, y cuyo lapso comenzará a transcurrir a partir de la última notificación que de las.....