Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y, en consecuencia, EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente causa. SEGUNDO: Notifíquese mediante boleta de notificación a la parte recurrente de la presente decisión.
PUBLÍQUESE - REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre. En Cumaná, a los veinte (20 días del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA
Abga. MIRTHA ELENA PALOMO