por lo que siendo procedente y ajustado a derecho la solicitud realizada por la representante de la vindita publica, procedió este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decretar LA ORDEN DE APREHENSIÓN solicitada, en contra de los ciudadanos JOSE CARLOS HERNANDEZ DIAZ, mayor de edad, titular de la cedula de entidad No. 20.064.108, por encontrarlo incurso en los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal en perjuicio del hoy occiso HENDER JOSE BASTARDO y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos ALVARO BASTARDO Y MOISES HIDROGO; y del ciudadano RODRIGO JOSE HERNANDEZ DIAZ mayor de edad, titular de la cedula de entidad NO. 19.537.599, por encontrarlo incurso en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en .....